El tribunal de sentencia presidido por el juez Juan Carlos Zárate, rechazó un pedido de aclaratoria presentado por la abogada Raquel Talavera quien solicitó al tribunal aclare si su cliente Ramón González Daher fue condenado o absuelto como instigador del tipo penal de quebrantamiento de depósito.
La defensa pidió al tribunal suplir la omisión en la sentencia, al no incluir en la parte resolutiva del veredicto de condena o absolución por el hecho punible de instigación al hecho punible de quebrantamiento de depósito.
“Nuestro defendido fue acusado por supuestamente instigar a una persona cercana al juzgado a la sustracción de 471 cheques. Referente a esa porción fáctica fue acusado y elevado a juicio oral y público, fue debatido durante la sustanciación, pero, no hay absolución ni condena, sobre este punto, teniendo derecho todo ciudadano a una respuesta. La calificación de condena se realiza por una segunda porción fáctica quedando entonces sin respuesta del juzgado los hechos que acuso el Ministerio Publico”, señaló la abogada Raquel Talavera.
El pedido de la defensa fue rechazado por el tribunal de sentencia que juzgó y condenó en la causa a RGD.
En esta causa, Ramón González Daher fue sentenciado a cumplir seis años de cárcel por reducción y quebrantamiento de depósito por el robo de 471 cheques del juzgado de Humberto Otazú.
Para el tribunal de sentencia se probó los extremos acusados por el Ministerio Público que requirió 12 años de encierro para el usurero, pero, para el tribunal la condena justa es la de seis años de penitenciaría.
El tribunal de sentencia integrado por los jueces Juan Carlos Zárate, Héctor Capurro y la jueza María Fernanda García de Zúñiga, condenó a Ramón González Daher por haber robado parte de las evidencias en la causa donde fue condenado a 15 años de cárcel.
El condenado participó por medios telemáticos desde la cárcel de su juicio oral donde una vez más le imponen una condena por su reiterada conducta delictual.
El fiscal Luis Piñanez, pidió que el encausado sea condenado a 12 años de prisión en base a las pruebas arrimadas ante el tribunal que juzgó el caso, pero, el tribunal le aplicó el 50 % de lo solicitado.
La fiscalía probó que González Daher sustrajo en total 471 cheques que se encontraban en el juzgado de Humberto Otazú, como evidencia y las usó para seguir extorsionando a sus víctimas.