Queda firme condena de cuatro años de cárcel para empleado infiel

La Sala penal de la Corte Suprema de Justicia dejó firme el fallo que condenó al empleado infiel Edgar Andrés Insfrán Domínguez por estafa y apropiación. Con el rechazo del recurso de casación pretendido por la defensa la condena de cuatro años de prisión debe ser ejecutada.

Señalan los ministros que los recurrentes no han expuesto de manera clara sus agravios porque no realizaron una explicación del reclamo de la manera en que exponen.

Agrega que los recurrentes se limitaron simplemente a argumentar su desacuerdo contra la resolución del tribunal de sentencia y la cámara de apelaciones que, solo mencionan el reclamo sin demostrar la incorreción de los juzgadores, que cause un menoscabo a su representado.

La ministra Carolina Llanes fue la preopinante en este caso y se adhieren a su voto sus colegas Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candi, para declarar inadmisible el recurso de casación presentado por los abogados del condenado que debe cumplir la sentencia que ordena cuatro de encierro al encausado.

Insfrán Domínguez, era un vendedor externo de la firma Pix Productos Industriales S.A.C.I.S dedicado al rubro de resinas termoplásticas, el 24 de febrero del 2021 realizó una operación comercial con un cliente asiduo de la empresa, llamado Dionisio Ferreira ofertándole mercaderías por un valor distinto al establecido por la firma, el hoy condenado no solo vendió el producto por un monto indebido, sino que recibió dinero en efectivo, operación no permitida por la empresa.

Solo el dueño, el ciudadano, Mohamad Chamseddine Fakih era quien podía autorizar el cambio de los precios de las mercaderías, la operación que realizó Edgar Insfrán Domínguez, el 24 de febrero del 2021 ocasionó un perjuicio patrimonial a la firma, ya que recibió G 374.000.000. pero rindió a la empresa solo G 100.000.000, ocasionando un perjuicio de G 274.000.000.

El Ministerio Público estuvo representado en este caso por la agente fiscal Genovena Figueredo y la querella adhesiva por los abogados, Aldo Bacchetta Matteucci y Adriana Cabrera Velázquez.

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