El juez Édgar Rivas remitió a la CSJ la medida cautelar requerida por la Contraloría para acceder a información de gastos sociales.
Señala la parte de la resolución del juzgado civil que la acción pretendida por la Contraloría es que el juzgado emplace a la Itaipú a entregar los informes sobre el destino o uso de los fondos sociales para ser auditadas.
Pero, que la ley que habilita a la contraloría a auditar los fondos de las binacionales se contrapone con el tratado firmado en el año 1973 entre Brasil y Paraguay, es decir por una norma de rango inferior.
“Entonces, al exponerse una norma de menor jerarquía para la aplicación de las medidas de urgencia respecto a los fondos utilizados por una binacional, creadas y amparadas por un tratado resulta necesario una revisión sobre constitucionalidad o no” reza el texto de la resolución del juez. Por ende, quedará a cargo de la Corte Suprema de Justicia determinar si resulta o no constitucional el artículo 20 de la ley 276 de 1994, para que de esa forma la Contraloría General de la República pueda entrar a auditar los gastos sociales de la Itaipú Binacional.