La resolución se dio en el marco de la acción de inconstitucionalidad planteada por la Federación de Educadores del Paraguay (FEP) contra la declaración de ilegalidad de la huelga llevada adelante en el año 2013.
La inconstitucionalidad planteada por el gremio docente fue rechazada in limine por la Sala Constitucional de la máxima instancia judicial, con lo que queda firme la disposición que había declarado ilegal la medida de fuerza por incumplir los requisitos legales previstos para llevarla adelante.
El antecedente del caso se remonta al año 2013, cuando la propia Corte declaró la ilegalidad de la huelga que paralizó las actividades educativas durante un mes a nivel nacional.
La declaración de ilegalidad de la huelga había derivado de una acción planteada por la Procuraduría General de la República y la Dirección Jurídica del Ministerio de Educación, quienes solicitaron la calificación de la huelga.
Con el rechazo de esta acción de inconstitucionalidad, el Ministerio de Educación queda habilitado a tomar las acciones administrativas correspondientes contra los que llevaron adelante la huelga y contra los participantes que formaron parte de ella.