Desacato del Congreso a fallo de la Corte Suprema amenazaría la estabilidad jurídica, afirman

Para el doctor en derecho y máster en derecho internacional, Esteban Aquino, si el Congreso Nacional no acata una eventual decisión de la Corte Suprema de Justicia que favorezca a la senadora Kattya González, además de incurrir en desacato, generaría una significativa inseguridad jurídica.

El presidente electo del Congreso, Basilio Núñez, ha adelantado que no acatarán una decisión contraria a la adoptada respecto a la senadora González, lo que comprometería la seguridad jurídica del país y afectaría al presidente Santiago Peña en su búsqueda de inversiones extranjeras.

Se han divulgado declaraciones que sugieren que, si la Corte Suprema falla a favor de la senadora González, la decisión no sería acatada, constituyendo un claro desacato.

Esta actitud, más allá de ser un desafío al orden constitucional, tendría repercusiones negativas para el gobierno, especialmente en sus esfuerzos por atraer inversionistas internacionales, evidenciando un marcado desgaste institucional.

«Cualquier acto administrativo está sujeto al control constitucional, y aquellos con una opinión contraria no encontrarán respaldo en ningún artículo de la Constitución Nacional. No se puede boicotear al país; la Corte Suprema de Justicia es la única autoridad con atribución para interpretar la Constitución», afirmó Aquino.

Añadió que la supremacía constitucional dicta que todos los actos de autoridad deben estar sujetos a revisión y posible anulación si contravienen la Constitución Nacional. Si la Corte Suprema, encargada de garantizar este control, decide hacer lugar a la acción de Kattya González, ello serviría como un testimonio crucial de la adhesión al Estado de derecho y a los principios constitucionales en Paraguay.

Subrayó que la Corte Suprema tiene la facultad exclusiva de analizar y anular cualquier acto que considere inconstitucional, incluyendo los actos administrativos sujetos a control constitucional. En caso de que la Corte declare inconstitucional la expulsión de la senadora González, la resolución o el acto por el cual fue expulsada sería nulo, y se deberían revertir todas las actuaciones previas. No sería necesario un nuevo juramento; simplemente debería retomar su escaño.

Además, el artículo 260 de la Constitución Paraguaya refuerza esta función, estableciendo que la Corte Suprema de Justicia es la instancia final en la interpretación de la Constitución. Este artículo confiere a la Corte la potestad de revisar la constitucionalidad de las leyes y actos administrativos, asegurando que ninguna acción gubernamental contravenga los principios constitucionales.

El artículo 137 de la Constitución Nacional establece claramente que cualquier acto de autoridad, sin distinción del poder u órgano del cual emane, carecerá de validez si contraviene la Constitución Nacional, concluyó Aquino.

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