Juez libera a repartidor imputado por matar a presunto asaltante

Se trata de un caso de legítima defensa, según el propio relato del Ministerio Público, menciona el magistrado, quien se opuso a iniciar el proceso penal contra el trabajador y ordenó su inmediata libertad.

El juez de garantías penales de Capital, Rolando Duarte, ordenó la libertad del repartidor Carlos Alberto Garcete Calastra y devolvió la imputación en su contra al Ministerio Público, al considerar que la teoría fiscal sobre el homicidio doloso carece de claridad.

Para el magistrado, la imputación presentada por la agente fiscal Laura Finestra no reúne el presupuesto legal del hecho punible de homicidio doloso, según el relato del propio Ministerio Público.

El juez menciona en su resolución que el Ministerio Público realiza una descripción incompleta en su imputación, omitiendo circunstancias esenciales para conformar la hipótesis fáctica del hecho punible, cuya expectativa de pena podría alcanzar los 30 años de prisión.

Según explica el juez, no queda clara la teoría del caso presentada por el Ministerio Público respecto a la conducta atribuida a Carlos Alberto Garcete Calastra, ya que no contiene todos los elementos constitutivos del tipo penal descrito.

“En este sentido, en todo momento la representante del Ministerio Público hace referencia al relato de los hechos ocurridos, pero no acompaña fundamentación jurídica para sustentar los elementos de la calificación como hecho punible de homicidio doloso. Esta situación, a criterio del juzgado, no se configura, al menos no en la forma planteada por la fiscal. Salvo que existan otros elementos no presentados ante el juzgado y que obren en el cuaderno de investigación fiscal, prima facie se vislumbran elementos que podrían corresponder a una legítima defensa, en el caso hipotético de que no se demuestren otras circunstancias que modifiquen el curso de la presente investigación”, menciona el juez Rolando Duarte.

Según el relato del Ministerio Público, el 24 de abril, a las 11:00 de la mañana, Carlos Garcete y su ayudante, Daniel Martínez, se encontraban realizando el reparto de mercaderías en el barrio Santa Ana. Al llegar al comercio denominado Despensa Panadería, situado en las calles 41 Proyectadas y Antequera, donde Janeth Aramí estaba recepcionando las mercaderías, fueron interceptados por dos sujetos de sexo masculino, uno de ellos identificado como Jonatan Ariel Franco. Ante esta situación, Janeth corrió y se dirigió al interior del comercio.

Seguidamente, ambos sujetos, quienes portaban armas de fuego con las cuales habrían apuntado y amenazado a las víctimas del asalto, lograron sustraer 150.000 guaraníes. En ese instante, Carlos Alberto Garcete se percató de lo ocurrido, tomó un arma de fuego calibre .38 de la marca Rossi, que tenía en el habitáculo de su vehículo, y descendió con el arma en mano. Al dirigirse por detrás del camión repartidor, se encontró, por el lado izquierdo, con los asaltantes, quienes le apuntaron y gatillaron sus armas, que no dispararon. Garcete se agachó, giró la cabeza y realizó un disparo al aire, sin mirar hacia dónde, luego subió al vehículo en compañía de su ayudante y se retiró del lugar. El disparo impactó en Jonatan Franco.

Para el magistrado, esto es determinante para señalar que, según el mismo relato fiscal, se trató de una legítima defensa por parte del trabajador, quien fue apuntado por los delincuentes, pero no fue herido únicamente porque las armas de estos no se dispararon. Por ello, dispuso devolver la imputación y otorgar la libertad al imputado.

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