Con el ánimo de “preservar la imagen del Poder Judicial”, la Corte Suprema de Justicia recuerda a sus jueces la prohibición ética de recibir beneficios o dádivas de alguna de las partes vinculadas al litigio a su cargo.
La prohibición se extiende a los cónyuges de los jueces e hijos, así como a todos los funcionarios, quienes están impedidos de recibir regalos de las partes, sus abogados u otras personas interesadas en los juicios tramitados en tribunales y juzgados.
Desde la Secretaría General, dependiente de la máxima instancia judicial, se ha informado que, por Resolución N.º 11.791 del 12 de febrero del corriente año, se resolvió consolidar las normas relacionadas con la seguridad y la preservación de la imagen institucional del Poder Judicial en todas sus circunscripciones.
En ese sentido, la Corte dispuso que la Dirección de Seguridad y Asuntos Internos sea la encargada de velar por el cumplimiento de esta resolución, que recuerda también la prohibición del ingreso de vendedores ambulantes al edificio.
Esta resolución señala en uno de sus artículos lo siguiente: “Prohibición del ingreso, dentro de todos los recintos del Poder Judicial, de todo tipo de mercaderías o productos de cualquier naturaleza a ser ofertados o comercializados, tanto por vendedores ambulantes como por funcionarios de la institución”.
Por otro lado, la CSJ también prohíbe a funcionarios de todos los rangos, a profesionales y justiciables, fumar cigarrillos, utilizar vapeadores o emplear inciensos en todas las oficinas y sanitarios del Poder Judicial.
Igualmente, recuerda a cada encargado de oficina la obligación de apagar y desconectar todos los equipos eléctricos e informáticos al término de cada jornada laboral. Los superiores jerárquicos de cada ámbito son responsables del cumplimiento de esta medida.